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La mayoría de los empleados en Quebec tiene el derecho a un feriado y una compensación para cada feriado siguiente:
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- 1 de enero (Año Nuevo)
- Viernes Santo o el lunes de Pascua, a opción del empleador
- el lunes anterior 25 de mayo (Día de la Victoria)
- 24 de junio (fiesta nacional)
- 1 de julio. Si esta fecha cae en domingo 2 de julio (Día de Canadá)
- el primer lunes de septiembre (Día del Trabajo)
- segundo lunes de octubre (Acción de Gracias)
- 25 de diciembre (Navidad).
Los empleados que se vean obligados a trabajar en conjunto en una de estas fiestas tienen derecho a un dia libre compensatorio a discreción del empleador (Pero este dia debe ser tomado 3 semanas antes o despues del feriado).
Los empleados en la industria del vestido* también tienen derecho a las hojas siguientes:
- 02 de enero
- Viernes Santo y el Lunes de Pascua.
* Los empleados que trabajan en las tiendas de ropa no son parte de esta industria.
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